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¿Puede votar en la asamblea el propietario que debe expensas atrasadas?

En muchas asambleas es usual que le prohíban al deudor de expensas, no solo votar sino hasta estar presente; situación que ocurre por presión de algunos de los participantes sin mayor argumento que el simple atraso en los pagos mensuales. La realidad es que no existe norma alguna general que impida votar en esas condiciones, quedando solo por revisar si el reglamento de ese consorcio determina algo al respecto. Así, SOLAMENTE en el caso que ese estatuto prohíba al moroso votar en la asamblea, debe respetarse esa limitación al derecho de expresión.