Consorcio de hecho y cobro ejecutivo de expensas
Es del mayor agrado informar que la Exma Cámara Primera de Apelaciones en lo Civil y Comercial Sala II de La Plata – ha acogido favorablemente una demanda ejecutiva planteada por nuestro estudio. Lo que conlleva máxima trascendencia jurídica es el hecho que ha admitido la vía ejecutiva para el cobro expensas de nuestro representado: un consorcio de hecho. En el caso no sólo manda el pago de expensas en un edificio que no tiene Reglamento de Propiedad Horizontal sino que incluso fija una elevada tasa de interés a su favor, protegiendo a un cliente que aún carece de personería jurídica.